CONCURSO DE ANIVERSARIO 10 AÑOS ROMPIENDOLA
- GENERALIDADES
- Mediante el presente documento (en adelante el “Reglamento”), se estipulan los términos y condiciones del concurso “10 AÑOS ROMPIENDOLA” el cual está dirigido a nuestros clientes, fans y público en general.
- Si los concursantes no se encuentran conformes con las condiciones establecidas en el Reglamento en su totalidad, no pueden y no deben participar en la actividad.
- Los términos y condiciones para participar en esta actividad están descritos así:
- RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES
Brand Building AdCrea, como agencia publicitaria de Netlife, organiza el concurso denominado “10 AÑOS ROMPIENDOLA”
- Los premios que se indican más adelante no se puede transferir ni cambiar por otro.
- En el caso de que resulte necesario, Netlife podrá modificar, ampliar o aclarar los presentes Términos y Condiciones, o cualquiera de los procedimientos aquí previstos con anterioridad a la fecha de selección de los ganadores, y los pondrá en conocimiento del público en la misma forma en que da a las presentes bases del concurso.
- Netlife no se responsabiliza por los daños y perjuicios que los premios o su uso pudieran causar a los participantes o a terceros.
- El contenido del Comedy Show esta enfocado para publico adulto se recomienda que cualquier visualización por menores de edad sea previamente revisado o bajo la supervisión de un adulto. El contenido puede tener lenguaje no apropiado para menores de edad.
- No podrá participar en el concurso el personal dependiente de Netlife, ni de sus compañías vinculadas o relacionadas.
- Los datos entregados en el registro conllevan el conocimiento y la aceptación de estos Términos y Condiciones, y de sus eventuales modificaciones posteriores.
- RESTRICCIONES Y REGLAS PARA GANADORES
- Los ganadores de la actividad serán notificados hasta el día 10 del mes de diciembre 2020 primero en el muro del fanpage de Netlife, y después de manera directa a través del correo electrónico registrado, o vía telefónica (en caso de tener acceso a estos datos) o por inbox de sus perfiles de Facebook para coordinar la mecánica de la entrega del premio. Si no es posible el contacto dentro de dos (2) días posterior a realizado el anuncio, perderá su posición de ganador y se sorteará una vez más el premio, si en esta ocasión no logramos contactar al segundo ganador, el premio quedará a disposición para actividades futuras de la marca.
- Los premios que no son físicos serán coordinados en su instalación o asignación con personal de Netlife, para el mes de Enero del 2021 siempre y cuando exista la cobertura de Netlife en la zona residencial.
- Los premios físicos serán entregados durante el mes de Enero del 2021 en las oficinas Matriz de Quito o Guayaquil de Netlife en las siguientes direcciones:
○ Quito: Núñez de Vela E3-13 y Avenida Atahualpa, Edificio Torre del Puente, 3er piso.
○ Guayaquil: Avenida Rodrigo de Chávez, Parque Empresarial Colón, Edificio Coloncorp, Torre 6, Local 4
○ Si el ganador es de otra ciudad, en las que Netlife tiene cobertura, se enviará el premio a uno de los distribuidores autorizados para realizar la entrega al ganador.
- Netlife podrá tomar fotografías, videos y declaraciones del ganador al momento de recibir el premio y podrá usar tales documentos en forma libre para la promoción de la actividad o de futuras promociones de la marca, sin que requiera autorizaciones adicionales del ganador. Para lo cual los participantes otorgan desde ya expresa autorización para el uso de sus audios, imagen, datos y más, sin que por ello se genere para los ganadores ningún derecho a contraprestación económica o indemnización alguna.
- Netlife entregará los premios con la garantía normal que tienen los productos, no extenderá ninguna garantía adicional respecto a los premios. El organizador limita su responsabilidad a la entrega oportuna de los premios.
- Únicamente participarán en la actividad personas mayores de edad.
- Los participantes deben ser personas residentes en Ecuador, con documento de identificación vigente.
- En caso de identificar fraude por parte de alguno de los participantes, los organizadores podrán descalificarlos sin el deber de notificarles. De igual manera, si los organizadores detectan información falsa o imprecisa, o a su juicio, cualquier infracción que los confunda o que vaya en detrimento de la marca Netlife, el participante será descalificado sin que exista el deber de notificarle. Clasificación Confidencial.
- MECÁNICA DE LA ACTIVIDAD
- El concurso 10 AÑOS ROMPIENDOLA es solo para el territorio de Ecuador.
- La actividad consiste en registrar sus datos en la landing page creada por el Aniversario de Netlife.
- Una vez realizada esta indicación, el concursante estará participando en el sorteo de:
- En caso de ser cliente Netlife:
- 1 Ps5
- 7 servicios digitales por 12 meses sin costo, que tiene Netlife dentro de su portafolio de servicios.
- 1 Chromecast
- 1 iphone
- En caso de NO ser cliente Netlife
- 10 planes de 40 Mbps de Servicio Netlife por 12 meses sin costo, (No incluye el valor de instalación)
- Se puede concursar una vez por usuario.
- Entre todos los participantes se sorteará 20 ganadores. (10 no clientes Netlife y 10 clientes Netlife)
- Netlife validará los datos de los participantes, en el mes de Diciembre del 2020 se realizará el sorteo y se publicará a los ganadores. La entrega del premio la coordinará Netlife con el ganador a partir de Enero del 2021.
- Al momento de la entrega del premio, el ganador deberá presentar su cédula de identidad, y esta deberá coincidir con el perfil de registro en la landing, caso contrario, el ganador quedará descalificado.
- El registro para el concurso iniciará el sábado 21 de noviembre de 2020 y concluirá el sábado 28 de noviembre de 2020 a las 20:30. Posteriormente, en el mes de diciembre, se realizará el sorteo y a partir del mes de enero se coordinarán las entregas.
5. CONTROVERSIAS
Cualquier diferencia que pudiere surgir entre Netlife y los participantes en esta actividad se someterá al procedimiento de mediación y arbitraje señalado a continuación:
- El participante y Netlife convienen irrevocablemente que en caso de surgir diferencias entre ellas, por razón o con ocasión de la promoción antes detallada, realizarán los mejores esfuerzos para buscar y encontrar una solución mutuamente aceptable. Sin embargo, cualquiera de las partes podrá requerir directamente a la otra someter las diferencias al proceso de mediación en las Cámaras de Industrias y Comercio Ecuatoriano, según lo determinado en el Título II de la Ley de Arbitraje y Mediación publicada en el Registro Oficial. La mediación no podrá demorar más de diez días.
- Si luego de la mediación subsisten diferencias, éstas serán resueltas por arbitraje administrado de los jueces de las Cámaras de Industrias y Comercio Ecuatoriano. El arbitraje será en derecho y confidencial. Las partes se obligan a acatar el laudo que expida sin que puedan interponer respecto a él, recurso o reclamación alguna.